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Camping Playa Maqui

Camping Playa Maqui

Ya está habilitado el camping de la playa Maqui de Frutillar para la temporada 2024.

 

El Camping Municipal Playa Maqui está ubicado en la comuna de Frutillar, a orillas del lago Llanquihue, con una vista privilegiada a los volcanes.

 

Al Camping Municipal Playa Maqui se llega desde el sector de Frutillar Bajo, luego tomar la ruta V-155, que bordea el Lago Llanquihue y recorrer 7 kilómetros hasta el sector de Los Bajos.

 

Teléfono: +56 9 58 53 20 63

Email: secalcalde@munifrutillar.cl

 


 

CÓMO LLEGAR?

Pincha aquí o escanea el código qr:

 

TARIFAS 2023-2024:

 

ATRACTIVOS:

El recinto cuenta con una diversidad de sitos para carpas individuales, como también familiares y estacionamientos.

 

Desde todos los sitios se puede acceder a la zona de playa, la cual está habilitada con boyas, torre para salvavidas y personal capacitado para rescate en el agua.

 

Además, este año el municipio concesionó dos permisos para habilitar kioscos que expenden una serie de productos de primera necesidad.

 

El recinto municipal cuenta con espacios para la distracción de toda la familia.
El recinto municipal cuenta con espacios para la distracción de toda la familia.
El cámping cuenta con sitios implementados para acampar.
El cámping cuenta con sitios implementados para acampar.
En la zona de playa se pueden practicar deportes en el agua.
En la zona de playa se pueden practicar deportes en el agua.
Los sitios tienen una vista privilegiada al lago y los volcanes.
Los sitios tienen una vista privilegiada al lago y los volcanes.

 

Los atardeceres son mágicos.
Los atardeceres son mágicos.

 

 

 

Normas de Funcionamiento del camping

  • El Camping Municipal Playa Maqui es un Recinto Municipal que tiene como fin ponerse a disposición de la ciudadanía para disfrutar de su paisaje e infraestructura en temporada Estival; especialmente para vecinos de la Comuna, y también para visitantes de otros lugares del país y del mundo. Se espera generar un ambiente de disfrute y descanso, que incluya el respeto por las normas aquí señaladas, así como respecto para con el personal y entre usuarios(as).
  • Las infracciones a las normas aquí señaladas pueden tener como consecuencia la expulsión del Recinto y/o las sanciones indicadas en la legislación vigente cuando corresponda. Cuando las circunstancias lo ameriten el personal está facultado para llamar a Carabineros.
  • El Camping Municipal Playa Maqui funcionará como tal en temporada Estival, en las fechas definidas y publicadas oportunamente por el Municipio, generalmente entre los meses de diciembre y marzo de cada año. El horario diario de apertura y cierre del recinto será de lunes a domingo entre las 9:00 AM a 20:00 PM.
  • El pago de los montos indicados en el Punto 2 del presente Decreto, sea por reserva de Sitios para Camping y/o Estacionamiento de vehículos, que se realicen en el recinto se recibirán EXCLUSIVAMENTE en Caseta de Control ubicada en el acceso y darán lugar a un comprobante de Pago que deberá mantenerse en poder del usuario(a) durante su estadía, ya que puede ser solicitado por personal municipal. Se podrán realizar pagos pago vía online, en caso de estadía por más de dos noches, previa confirmación de disponibilidad, y coordinación con Tesorería Municipal para entrega de instrucciones para pago remoto.
  • El arriendo de Sitio de Camping incluye el estacionamiento liberado de cobro para 1 vehículo, cualquier vehículo adicional pagará montos de ESTACIONAMIENTO indicados en Punto 2 del presente. No se permite el acceso con botes para pesca, ni la práctica de la pesca en el recinto y su playa.

Los vehículos deberán ubicarse en las áreas que les designe el personal del recinto y que no entorpezcan el uso de Sitios de Camping ni el libre tránsito.

Todos los vehículos que se encuentren en el recinto se encontrarán afectos a las multas y disposiciones del Art. 201, número 1 de la Ley de Tránsito 18.290.-

  • El arriendo de Sitios de Camping y Estacionamiento de Vehículos se realizará sólo respecto de las zonas demarcadas para estos fines, y su uso deberá estar siempre a cargo de personas mayores de 18 años. El personal a cargo podrá denegar el acceso o solicitar el retiro del recinto, a personas que se encuentren bajo la influencia de alcohol y/o drogas, o incurran en conductas que atenten contra la buena convivencia social (especialmente ruidos molestos, agresiones físicas y/o verbales contra el personal u otros usuarios(as))
  • El horario de uso del sector playa es de 10:00 AM a 19:00 PM., usuarios(as) declaran conocer que la zona de Playa del Camping NO ES APTA PARA EL BAÑO, ni aun cuando, eventualmente, el Municipio ponga a disposición de los usuarios(as) personal de vigilancia/salvavidas. Asimismo, se prohíbe estrictamente internarse en aguas del lago durante la noche.
  • Por ser un recinto público, aplican las normas de convivencia social, por lo que deben evitar hacer actividades que los degraden y que puedan molestar o perjudicar a otros vecinos (ruidos, ocupación de la vía pública, las calles o senderos). Cuidar el mobiliario público y respetarlo. No hacer pintadas ni grafitis en las paredes u otros espacios. (La denuncia podrá se efectuada a Carabineros de Chile por el personal del recinto o cualquier usuario del camping). Esta sanción incluye la expulsión del recinto con independencia de la multa que será analizada en el Juzgado de Policía Local respectivo.
  • Se prohíbe la emisión de ruidos molestos que afecten el descanso y disfrute de usuarios(as), tanto durante el día y especialmente entre las 23°° y las 8°° Horas.
  • Se exige a usuarios(as) el respeto y cuidado de la flora y fauna del recinto, prohibiéndose cualquier acción de les provoque daño a plantas y/o animales. Asimismo, se prohíbe el ingreso de todo tipo de animales ajenos al recinto.
  • Se exige a usuarios(as) el buen uso, cuidado y mantención de la infraestructura del recinto; especialmente lavaplatos, baños, señalética, contenedores de basura, entre otros.
  • Las fogatas para esparcimiento o cocción de alimentos sólo podrán realizarse en las hornillas habilitadas, o en equipamiento destinado para este fin que lleve el usuario(a); asimismo se prohíbe la recolección y uso de cualquier material del recinto y su entorno para este fin, debiendo el usuario(a) traer leña/carbón o lo que se requiera para ello.
  • Los usuarios(as) serán responsables de sus pertenencias, así como de su seguridad y la de quienes les acompañen, sobre todo en el caso de niños/niñas; también de las medidas necesarias para resguardar la salud en tiempos de Pandemia.

El usuario(a) exime a la Municipalidad de Frutillar de la responsabilidad por cualquier pérdida, daño a personas o bienes, derivados del mal uso del recinto o del entorno, sobre todo por conductas irresponsables o temerarias.

  • La Municipalidad de Frutillar se reserva el derecho de autorizar el uso del Camping Municipal Playa Maqui a grupos u organizaciones sociales, sean de la Comuna u otra procedencia, gratuitamente o con tarifas rebajadas, previa Carta de Solicitud extendida al Sr. Alcalde y verificación de disponibilidad de parte del personal Municipal del Recinto.
  • Dentro del recinto Camping Playa Maqui se encuentra el “Quincho Asociación Funcionarios Municipales”, el cual podrá ser utilizado por esta organización en coordinación con el Personal Municipal del Camping, bajo la misma normativa indicada en el presente Reglamento, en grupos no mayores a 45 personas y con derecho a 8 estacionamientos liberados de costo.
  • Durante la temporada de funcionamiento del Camping Playa Maqui el personal a cargo mantendrá un Libro de Novedades en las cuales se registrará cualquier acontecimiento que afecte el normal funcionamiento el recinto, así como las infracciones al presente Reglamento y las medidas tomadas