Reavalúos
ROL DE AVALÚOS Y CONTRIBUCIONES BIENES RAÍCES NO AGRÍCOLA
SITIOS NO EDIFICADOS, PROPIEDADES ABANDONADAS O POZOS LASTREROS 2021
La ley No 17.235, sobre Impuesto Territorial, dispone que los bienes raíces no agrícolas, que correspondan a sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros, de todas las comunas del país, deben ser objeto de un reavalúo cada año. Por esta razón, a contar del 1 de enero del año 2021, rige la nueva tasación para las propiedades no agrícolas que correspondan a sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros, ubicados en áreas urbanas del país.
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MONTOS EXPRESADOS EN PESOS AL 01 DE ENERO DEL 2020
Señor contribuyente:
La ley No 17.235, sobre Impuesto Territorial, dispone que los bienes raíces agrícolas, de todas las comunas del país
deben ser objeto de un reavalúo cada cuatro años. Por esta razón, a contar del 01 de enero de 2020, El Servicio de
Impuestos Internos (SII) ha emitido el rol de avaluos para cada comuna.